domingo, 20 de julio de 2008

Codigo del niño y del adolescentee

CODIGO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Sino centramos en el tema de la reinserción social, buscamos apoyo en el marco legal y revisar el CODIGO DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE

Cuando se perpetúan actos antisociales que atentan contra las normas o principios de convivencia y equidad social, la comunidad se protege mediante leyes que sancionan estas desviaciones. Así, el individuo se ve confrontado con un sistema legal y, de acuerdo a su edad, estado mental, gravedad del hecho, circunstancias, etc., será sujeto a un proceso judicial

En el caso de menores de edad, el Código de los Niños y Adolescentes establecen diversas medidas socioeducativas, cuya finalidad es lograr la rehabilitación:

-Protección, para aquellos niños hasta los 11 años de edad, que han cometido alguna infracción. Esto incluye el cuidado en el propio hogar, participación en un programa educativo de la comunidad o atención integral en un establecimiento de protección (casa hogar).

-Amonestación, para los adolescentes a partir de los 12 a 17 años de edad y consiste en una llamada de atención por su comportamiento por parte del Juez de Familia. La familia también es recriminada con el fin de que presten mayor atención a la conducta de su hijo.

-Prestación de Servicios a la Comunidad, mediante el cual el adolescente se compromete a cumplir una serie de actividades en favor de su comunidad por un plazo máximo de seis meses.

-Libertad Asistida, en donde el adolescente estará bajo la supervisión de un tutor por un máximo de ocho meses, quien deberá brindarle promoción y orientación en su propio medio sociofamiliar.

-Libertad Restringida, la cual consiste en que el adolescente debe cumplir diariamente con asistir a un centro juvenil abierto, con el fin de recibir orientación y capacitación ocupacional, por un plazo máximo de doce meses.

Internación, medida privativa de la libertad para aquellos adolescentes que hayan cometido actos graves (robo agravado, tráfico ilícito de drogas, violación, homicidio, pandillaje pernicioso), por un plazo máximo de tres años, a excepción de seis años para pandillaje pernicioso.

-El sistema penal juvenil en el Perú, está orientado a lograr una rehabilitación que facilite la incorporación social productiva del adolescente y no simplemente en la aplicación de una sanción. Aunque se ha avanzado mucho en este aspecto, aún queda un largo camino que recorrer para lograr la paz social, puesto que el problema es multifactorial y su solución requiere del compromiso e intervención de todos los actores sociales.

En la actualidad existen un promedio de 1000 pandillas juveniles solo en la ciudad de Lima y el 70% de actos delictivos en la capital son ejecutados por éstas (Diario El Comercio). Estos actos van desde arrebatos o hurto simple hasta asaltos con arma blanca o de fuego, violación y homicidio.

En los 10 Centros Juveniles que administra el Poder Judicial en todo el país, 09 son para adolescentes con medida socioeducativa de internación, es decir, han cometido una infracción considerada grave. Entre las infracciones o delitos más comunes están el robo agravado (42.3%), la violación (19.3%), pandillaje pernicioso (08.6%), etc. (ver anexos). Muchos de los cuales afirman haber estado bajo la influencia de alguna SPA al momento de cometer el delito.

Si bien los datos obtenidos pueden no representar enteramente la realidad (tendencia a falsear), una gran cantidad de adolescentes refiere consumir o haber consumido alcohol (77.6%). En menor proporción reconocen haber consumido marihuana, terokal y PBC.

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